El Tribunal Oral Federal (TOF) 2 condenó Cristina
Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua
para ejercer cargos públicos en la causa por la obra pública en Santa Cruz, una
sentencia que para la vicepresidenta fue dictada por un "estado paralelo,
una mafia judicial".
Tras escuchar la condena en su contra, la dos veces expresidenta emitió un
mensaje a través de sus redes sociales y anticipó que en 2023 no será candidata
a ningún cargo electivo, por lo que quedará sin fueros a partir del 10 de
diciembre del año próximo.
"Me van a poder meter presa después del 10 de
diciembre", afirmó la Vicepresidenta en la exposición que hizo a través de
YouTube, en la que aseguró que la verdadera condena es el intento de
proscribirla e inhabilitarla de por vida para ejercer cargos públicos.
Los fundamentos del veredicto emitido hoy por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo
Giménez Uriburu y Andrés Basso serán dados a conocer el 9 de marzo de 2023,
fecha a partir de la cual las partes podrán presentar sus apelaciones.
La sentencia quedará firme cuando se agoten todas las instancias, es decir, cuando
la Corte Suprema haya respondido todos los planteos que le lleguen.
El TOF 2 absolvió además por mayoría a la
expresidenta y al resto de los acusados en relación al delito de asociación
ilícita por el cual los acusaron los fiscales del juicio Diego Luciani y Sergio
Mola: el voto en disidencia en relación a ese punto fue del juez Basso.
El tribunal también condenó al empresario Lázaro Báez a seis años de prisión
como partícipe necesario de administración fraudulenta, en tanto que al
exsecretario de Obras Públicas José López y al exdirector de Vialidad Nacional
Néstor Periotti también los sentenció a seis años de cárcel como coautores del
delito, a la vez que dispuso su inhabilitación perpetua para ejercer cargos
públicos.
De los trece imputados por este caso hubo tres que fueron absueltos: el
exministro de Planificación Federal Julio De Vido, el exsubsecretario de Obras
Públicas Abel Fatala y el expresidente de la Administración General de Vialidad
Provincial de Santa Cruz (AGVP) Héctor Garro.
En tanto, el exsubsecretario de Coordinación de Obra
Pública Federal Carlos Santiago Kirchner resultó sobreseído por
extinción de la acción penal. Había sido acusado por supuesto incumplimiento de
funcionario público.
Entre los condenados también estuvieron Juan Carlos Villafañe, exjefe de
la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz (AGVP, 5 años de
prisión), Raúl Pavesi (también ex AGVP, 4 años y medio) y José Raúl de
Santibañez, del mismo organismo (4 años). A Raúl Daruich, responsable del Distrito
23 "Santa Cruz" de la DNV, la impusieron 3 años y medio de cárcel.
El TOF 2 decidió, además, "disponer el decomiso de los efectos del delito,
que consiste en la suma actualizada de ochenta y cuatro mil ochocientos treinta
y cinco millones, doscientos veintisiete mil trescientos setenta y ocho pesos
con cuatro centavos ($84.835.227.378,04)", según leyó el presidente del
tribunal, Gorini.
La lectura del veredicto comenzó a las 17.31 y
concluyó 17 minutos después en una sala de audiencias de los tribunales
federales de Comodoro Py 2002, en el barrio porteño de Retiro.
Mientras un grupo de manifestantes clamaba fuera del edificio por
"Cristina presidenta", los imputados, sus defensores y los fiscales
seguían la audiencia a través de la plataforma virtual zoom.
Tras la lectura del veredicto, el tribunal difundió una breve reseña de los
fundamentos que serán dados a conocer el año que viene, en la que los jueces
afirmaron que existió una maniobra para beneficiar a Báez y que para su
concreción fue esencial su relación con la familia Kirchner.
Los jueces sostuvieron que los hechos investigados "evidencian la
existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la
administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del
Estado pertenecientes al mencionado grupo empresarial".
Esos lazos -sostuvieron- "fueron determinantes para la concreción de una
defraudación en la que predominó una ficta legalidad para instrumentar procesos
y decisiones administrativas que buscaron asegurar y disimular un beneficio
ilegítimo a favor de, por lo menos, dos de las personas imputadas en este
proceso (Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez)".
"Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de cincuenta y un
procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas
nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y
2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los
intereses pecuniarios de la administración pública nacional en los términos y
condiciones establecidos por la ley penal", aseveraron los jueces en su
reseña.
"La evidencia ha demostrado que durante ese período las obras viales
licitadas en esa provincia fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de
empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y
crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la
asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción",
señalaron los magistrados.